El Tribunal de Comercio es un órgano jurisdiccional singular: quienes juzgan son comerciantes, elegidos, no remunerados. La idea es que los usos del comercio los juzgan mejor quienes los practican.
Dos tribunales de comercio estructuran el expediente de Antibes. En primer lugar, París, en virtud de la cláusula atributiva de competencia del contrato de franquicia: allí presentó McDonald's su demanda y obtuvo, el 18 de mayo de 1998, la resolución y el desahucio, decisión que el Tribunal de Apelación de París revocó en parte dos años más tarde. En segundo lugar, Antibes, que declaró en 2001 la liquidación judicial de las tres sociedades de explotación.
La cláusula atributiva de competencia no es un detalle: obliga a un explotador de los Alpes Marítimos a litigar en París, con lo que ello supone de gastos y de distancia.