Collo contra McDo

Casación y TEDH · 06/05/2002

Sentencia del Tribunal de Casación

La sala de lo mercantil del Tribunal de Casación francés (Cour de cassation) no admite el recurso: la sentencia de apelación se vuelve firme.

Tipo
Resolución judicial
Órgano jurisdiccional
El Tribunal de Casación francés (Cour de cassation)
Fecha
06/05/2002
Partes
Bernard Collorafi c. McDonald’s France

Síntesis

Ficha de síntesis

Sentencia de inadmisión — Tribunal de Casación francés, sala de lo mercantil · 6 de mayo de 2002

Resumen: sentencia del Tribunal de Casación francés, sala de lo mercantil, financiero y económico, que resuelve sobre el recurso n.º X 00-14.487 interpuesto por Bernard Collorafi y las sociedades Les Pins, Sebol y B et O contra la sociedad Mac Donald's France.

Lo esencial

El recurso se dirigía contra dos sentencias dictadas el 9 de diciembre de 1998 y el 8 de marzo de 2000 por el Tribunal de Apelación de París (16.ª sala, sección A). El asunto se examinó en la audiencia pública del 12 de marzo de 2002, bajo la presidencia del Sr. Dumas, sobre el informe de la Sra. Mouillard, consejera referendaria, con las observaciones de la SCP Bouzidi por los demandantes y de la SCP Delaporte et Briard por Mac Donald's France. El Tribunal toma nota de que el Sr. Gauthier, mandatario liquidador de las sociedades Les Pins y B et O, reanuda la instancia. Al considerar que los motivos invocados no permiten la admisión del recurso, lo declara inadmitido, condena a los demandantes en costas y a pagar a Mac Donald's la cantidad de 2.250 euros en virtud del artículo 700 del nuevo Código de Procedimiento Civil.

Alcance

Esta decisión cierra la vía de la casación y convierte en firmes las condenas pronunciadas en apelación, poniendo fin al recorrido judicial del litigio.

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Transcripción íntegra

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COM. SALA B TRIBUNAL DE CASACIÓN Audiencia pública del 6 de mayo de 2002 No admisión Sr. DUMAS, presidente Recurso n.º X 00-14.487 Sentencia n.º 10131 F REPÚBLICA FRANCESA EN NOMBRE DEL PUEBLO FRANCÉS FINANCIERE E COUNOMIQUE, REnON aCHA SURE COMMERCIALE. Sobre el recurso formulado por: 1.º Sr. Bernard Collorafi, con domicilio en 21 B, chemin de l'Estelle, 06110 Le Cannet, 2.º la sociedad Les Pins, sociedad de responsabilidad limitada, cuyo domicilio social se encuentra en 32, avenue de Cannes, 06160 Juan-les-Pins, 3.º la sociedad Sebol, sociedad anónima, cuyo domicilio social se encuentra en el centro comercial Carrefour, chemin de Saint-Claude, 06600 Antibes, 4.º la sociedad B et O, sociedad de responsabilidad limitada, cuyo domicilio social se encuentra en rond-point Weiseller, route de Grasse, 06600 Antibes, en casación de dos sentencias dictadas el 9 de diciembre de 1998 y el 8 de marzo de 2000 por el Tribunal de Apelación de París (16.ª sala - sección A), en favor de la sociedad Mac Donald's France, cuyo domicilio social se encuentra en 1, rue Gustave Eiffel, 78041 Guyancourt Cedex Francia, demandada en casación; Visto la comunicación hecha al Procurador General; EL TRIBUNAL, en audiencia pública del 12 de marzo de 2002, en la que estaban presentes: Sr. Dumas, presidente, Sra. Mouillard, consejera referendaria ponente, Sr. Métivet, consejero, Sr. Feuillard, abogado general, Sra. Arnoux, secretaria de sala; Visto el informe de la Sra. Mouillard, consejera referendaria, las observaciones de la SCP Bouzidi, abogado del Sr. Collorafi, de las sociedades Les Pins, Sebol, B et O, de la SCP Delaporte y Briard, abogado de la sociedad Mac Donald's France, las conclusiones del Sr. Feuillard, abogado general, y tras haber deliberado conforme a la ley; Visto el artículo L. 131-6 del Código de la organización judicial; Da constancia al Sr. Gauthier, mandatario liquidador de las liquidaciones judiciales de las sociedades Les Pins y B et O, de su reanudación de instancia; Considerando que los motivos de casación anexos a la presente resolución, invocados contra la resolución impugnada, no son de naturaleza que permita la admisión del recurso; DECLARA no admitido el recurso; Condena a los demandantes a las costas; Visto el artículo 700 del nuevo Código de procedimiento civil, los condena a pagar a la sociedad Mac Donald's la suma de 2 250 euros; Así decidido por el Tribunal de Casación, Sala de lo Mercantil, Financiero y Económico, y pronunciado por el presidente en su audiencia pública del seis de mayo de dos mil dos.

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